jueves, 4 de marzo de 2010

Empresa Inter-San Fernando no quizo recibir documentos y cheques simbólicos



Prensa. Un Mundo sin Mordaza Apure. Por segunda vez en lo que va de esta semana del mes de marzo del presente año, la ONG Un Mundo Sin Mordaza y sociedad civil apureña acudieron a la sede de INTER-San Fernando para entregar dos documentos y unos cheques simbólicos a las autoridades gerenciales de esta empresa y esta vez ninguno de su directiva y trabajadores quisieron recibir tanto las misivas como los cheque simbólico que pedían la restitución de RCTV INTERNACIONAL. Asi lo denunció Eduardo Galindo Peña Coordinador de Un Mundo sin Mordaza-Apure.


También dijo el Coordinador de Un Mundo sin Mordaza-Apure, Eduardo Galindo Peña, que en el primer cable-mordaza realizado el lunes 01 de marzo de 2010, si fue recibido el documento por la Jefa del Departamento Técnico de Inter- San Fernando Mónica Hurtado. Pero en esta ocasión del jueves 04 de marzo de 2010 en el segundo Cable-Mordaza donde participaron la sociedad civil como usuarios esperaron por 20 minutos para ver quien le recibía los documentos y los cheques simbólicos de la empresa Inter-San Fernando.


Por lo que, afirmó Galindo que decidieron salir de las instalaciones de esta cable-operadora debido que fueron ignorados por el recurso humano de la Cable-Operadora Inter-San Fernando para recibir dichos documentos y cheques. A tal razón, trascribiremos los dos documentos que no quisieron recibir la empresa INTER-San Fernando y colocaremos los Cheques simbólicos;

San Fernando de Apure, 04 de Marzo de 2010

Ciudadanos

Representantes y Directivos

de la empresa de televisión por suscripción INTER ®

Presente.-

La Organización Mundial Un Mundo Sin Mordaza, en solidaridad con la defensa de los DDHH de los venezolanos, considera de gran utilidad que la directiva de esta cablera lea con detenimiento el pronunciamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en relación a la suspensión de la señal de RCTVI por parte de varias operadoras - entre ellas Ustedes.

Nos permitimos, a fin de ayudar en la comprensión de la importancia del documento antes mencionado y redactado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, parte autónoma del organismo hemisférico más importante de la región, así como suscrita y acorde a los principios establecidos en la Convención Americana de Derechos Humanos, resaltar aquellas partes donde se deja bien claro las faltas en las que incurren las operadoras al sacar de su programación a RCTVI sin un “debido proceso”.

En este sentido el comunicado de prensa de la Comisión expresa, en relación a la violación de la Libertad de Expresión, Derecho Humano fundamental como es de vuestro pleno conocimiento, que “el Comisionado para los Asuntos de Venezuela de la CIDH, Paulo Sérgio Pinheiro, y la Relatora Especial para la Libertad de Expresión, Catalina Botero, manifestaron su enérgico rechazo al cierre de canales de televisión por cable en Venezuela y solicitaron el restablecimiento de las garantías de libertad de expresión y del debido proceso”. De lo contrario, por tanto, se estaría incurriendo en una flagrante violación de estos Derechos Humanos.

De igual manera, y a nuestro entender, la CIDH expresó ese 24 de Enero pasado que las cableras estarían actuando bajo amenaza del “director de Conatel y Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas y de Vivienda, Diosdado Cabello, - quien- exhortó públicamente a las empresas proveedoras de servicios de televisión por suscripción (cable y satelital) a sacar inmediatamente de sus grillas de programación a los canales que, a su juicio, estarían incumpliendo la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión. Según el Ministro, para establecer si un canal se encuentra violando dicha Ley, basta con la opinión de la empresa proveedora del servicio de suscripción o del propio gobierno. El funcionario estatal advirtió además que, si las empresas operadoras no sacaban del aire a los canales de cable que a su juicio estaban incumpliendo la Ley, serían ellos y no los canales los que serían sometidos a un procedimiento administrativo.”

La CIDH recuerda en su comunicado cuáles deben ser los mecanismos legales adecuados para no incurrir en la violación de los Derechos Humanos: “esta decisión, en consecuencia, tiene enormes repercusiones en cuanto al derecho a la libertad de expresión y, por lo tanto, debe cumplir con todas las garantías consagradas en la ley, la Constitución venezolana y los tratados de los cuales la República Bolivariana de Venezuela es parte” – entre ellos la Convención Americana de Derechos Humanos.

Así mismo el Comisionado Pinheiro y la Relatora Especial Botero, concluyeron que “en el presente caso, los canales que fueron sacados intempestivamente del aire no han tenido la oportunidad de defenderse en un proceso debido y frente a una autoridad imparcial. A estos canales se les aplicó una sanción de plano, sin las garantías mínimas del debido proceso y sin que las leyes venezolanas consagren esta alternativa. Con esta decisión, se profundiza el deterioro del derecho a la libertad de expresión en Venezuela”… Es decir, se radicaliza sistemáticamente la violación de los Derechos Humanos en el país en el cual Ustedes operan.

Queda claro que tanto el Gobierno venezolano, al amenazar las cableras y ordenar sacar del aire a RCTVI y otros canales del aire, así como las operadoras por cable y satélite que, sin orden judicial, sin sentencia firme y sin cumplirse el debido proceso, obedecieron las órdenes emanadas del Ejecutivo Nacional incurren como actores o como colaboradores en la violación de dos Derechos Humanos fundamentales: el Derecho al debido proceso consagrados en los artículos 8, 10, 11 en sus dos numerales y el Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada el 10 de Diciembre de 1948.

Exhortamos a toda la Directiva de INTER a examinar con meticulosa atención lo antes expuesto así como el Comunicado de Prensa emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en fecha 24 de Enero de 2010 y que anexamos a esta carta.

Somos un grupo de ciudadanos venezolanos y extranjeros comprometidos con el respeto de la Ley, de los principios democráticos y con los valores emanados de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Es por esta razón que estamos moral y legalmente obligados a defender lo estipulado en nuestra Constitución Nacional así como en lo más profundo de nuestra conciencia histórica. Muchos se han quedado en el camino, a lo largo de la historia política de la Humanidad, para hacer prevalecer estos derechos que no estamos dispuestos a permitir, bajo ninguna razón o amenaza, sean mancillados y violentados.

Os invitamos a hacer lo mismo.


Atentamente

Un Mundo Sin Mordaza y Sociedad Civil venezolana


COMUNICADO DE PRENSA

El COMISIONADO para LOS asuntos de venezuela y la relatora especial para la libertad de expresión de la cidh manifiestan su rechazo por el cierre de canales de cable en venezuela

Washington D.C., 24 de enero de 2010 - El Comisionado para los Asuntos de Venezuela de la CIDH, Paulo Sérgio Pinheiro, y la Relatora Especial para la Libertad de Expresión, Catalina Botero, manifestaron su enérgico rechazo al cierre de canales de televisión por cable en Venezuela y solicitaron el reestablecimiento de las garantías de libertad de expresión y del debido proceso.

El 23 de enero de 2010, el director de Conatel y Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas y de Vivienda, Diosdado Cabello, exhortó públicamente a las empresas proveedoras de servicios de televisión por suscripción (cable y satelital) a sacar inmediatamente de sus grillas de programación a los canales que, a su juicio, estarían incumpliendo la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión. Según el Ministro, para establecer si un canal se encuentra violando dicha Ley, basta con la opinión de la empresa proveedora del servicio de suscripción o del propio gobierno. El funcionario estatal advirtió además que, si las empresas operadoras no sacaban del aire a los canales de cable que a su juicio estaban incumpliendo la Ley, “ser[ía]n ellos y no los canales los que ser[ía]n sometidos a un procedimiento administrativo.” A las cero horas del 24 de enero de 2010, al menos seis canales de televisión por cable fueron sacados del aire, entre ellos el canal RCTV Internacional y TV Chile.

La decisión de sacar un canal de cable del aire por el presunto incumplimiento de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión equivale, para todos los efectos, al cierre del medio por el incumplimiento de dicha Ley. Esta decisión, en consecuencia, tiene enormes repercusiones en cuanto al derecho a la libertad de expresión y, por lo tanto, debe cumplir con todas las garantías consagradas en la ley, la Constitución venezolana y los tratados de los cuales la República Bolivariana de Venezuela es parte. En particular, para que resulte legítimo el cierre de un medio de comunicación, es necesario que, previo el agotamiento de un debido proceso, un órgano estatal independiente e imparcial verifique que se cometió una falta claramente establecida en la ley y que la autoridad de aplicación de la ley motive de manera adecuada y suficiente la correspondiente decisión. Estas garantías mínimas del debido proceso no pueden ser soslayadas bajo el pretexto de que se trata de un canal de televisión por cable.

En el presente caso, los canales que fueron sacados intempestivamente del aire no han tenido la oportunidad de defenderse en un proceso debido y frente a una autoridad imparcial. A estos canales se les aplicó una sanción de plano, sin las garantías mínimas del debido proceso y sin que las leyes venezolanas consagren esta alternativa. Con esta decisión, se profundiza el deterioro del derecho a la libertad de expresión en Venezuela, al impedir que medios de comunicación que eran transmitidos por cable puedan seguir operando de manera independiente, sin miedo a ser silenciados por su enfoque informativo o su opinión editorial.

El Comisionado para los Asuntos de Venezuela de la CIDH y la Relatora Especial para la Libertad de Expresión manifestaron su seria preocupación por estos hechos y exhortaron a las autoridades venezolanas a cumplir con las disposiciones legales respectivas y, en particular, con las garantías mínimas del debido proceso a las cuales tienen derecho todos los habitantes de las Américas. El Comisionado Pinheiro y la Relatora Especial Botero recordaron a las autoridades venezolanas que la existencia de medios de comunicación libres, independientes, vigorosos, pluralistas y diversos es condición indispensable para el adecuado funcionamiento de una sociedad democrática. Asimismo, indicaron que es deber del Estado crear las condiciones para que pueda existir un debate democrático plural y desinhibido, para lo cual es necesario restablecer las garantías de funcionamiento libre de los medios de comunicación.