viernes, 8 de octubre de 2010

RELATORÍA ESPECIAL MANIFIESTA PREOCUPACIÓN POR CONDENA PENAL CONTRA PERIODISTAS EN PANAMÁ

Fuente: Blog del Colega Periodista Panameño Didier Gil:



RELATORÍA ESPECIAL MANIFIESTA PREOCUPACIÓN
POR CONDENA PENAL CONTRA PERIODISTAS EN PANAMÁ
Washington D.C., 8 de octubre de 2010. — La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifiesta su preocupación por la condena a un año de prisión pronunciada por la justicia panameña el 24 de setiembre, en contra de dos periodistas que previamente habían sido absueltos por informar acerca de actuaciones de funcionarios públicos.
De acuerdo con la información recibida, el Segundo Tribunal Superior de Justicia de Panamá sentenció a un año de prisión a la directora de noticias de Canal Dos, Sabrina Bacal, y al periodista de la radioemisora KW Continente, Justino González, por los delitos de calumnia e injuria. El fallo también les prohíbe ejercer actividades vinculadas con su profesión durante un año y sustituye la pena de cárcel con una multa de US$3.650 a cada uno. La condena revocó dos sentencias absolutorias emitidas por dos juzgados penales del Primer Circuito Penal de Panamá. Esta Relatoría Especial fue informada de que el presidente Ricardo Martinelli habría anunciado el 6 de octubre que indultará a los periodistas condenados. Aunque el indulto es sin duda un paso positivo, esa decisión no impediría que en el futuro vuelvan a ser penalizadas las informaciones que denuncien posibles irregularidades de interés público. 
La sentencia penal condenatoria implica un serio retroceso en la voluntad demostrada hasta ahora por el Estado panameño en el sentido de juzgar por la vía civil los presuntos delitos contra el honor, en asuntos de interés general que involucren a funcionarios públicos. Asimismo, la prohibición de ejercer su profesión durante un año compromete de manera desproporcionada la libertad de expresión de los periodistas afectados.
El Código Penal de Panamá de 2008 estipula que no se impondrá sanción penal en los delitos de injurias y calumnias, cuando los supuestos ofendidos sean altos servidores públicos. La Relatoría Especial ha expresado de manera reiterada la importancia regional que ha tenido este avance legislativo, fruto de un notable consenso nacional. Este avance fue también apreciado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del caso Tristán Donoso contra Panamá, de enero de 2009.
la preocupación por la condena penal contra los periodistas se suma una opinión de la Procuraduría General de Panamá, que favorece la declaración de inconstitucionalidad del artículo del Código Penal que despenaliza parcialmente los delitos contra el honor. La Relatoría Especial ha indicado que las sanciones penales aplicadas a los delitos contra el honor tienen un efecto inhibitorio e intimidante en el ejercicio de la libertad de expresión, y que esa vía resulta desproporcionada y verdaderamente innecesaria en una sociedad democrática. La utilización de mecanismos penales para sancionar expresiones sobre cuestiones de interés público o sobre funcionarios públicos puede constituir un medio de censura indirecta, por su efecto amedrentador e inhibidor del debate sobre asuntos de relevancia pública. 
Es oportuno recordar que el décimo principio de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH establece que: “Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público. Además, en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas”.
Asimismo, el undécimo principio de la misma Declaración sostiene que: “Los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como "leyes de desacato" atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información”. La Relatoría Especial hace un llamado a las autoridades panameñas a mantener los importantes avances alcanzados, que son una invaluable garantía para la existencia de un debate público verdaderamente vigoroso, plural y desinhibido y para la propia salud de todo régimen democrático.
UN MUNDO SIN MORDAZA APURE-VENEZUELA SE SOLIDARIZA CON PERIODISTAS PANAMEÑOS

Mundo sin Mordaza-Apure-Venezuela se solidariza con los dos Periodistas panameños y rechaza categóricamente esta sentencia judicial e inhabilitación contra los comunicadores sociales. Por lo cual, esto tipos de injusticia representa un atentando contra la Libertad de Expresión y del Periodismo no sólo de Panamá sino también del Continente Americano.
 UN MUNDO SIN MORDAZA APURE-VENEZUELA

Histórico-Bolivia 17 diarios del país publicaron su primera plana “NO HAY DEMOCRACIA SIN LIBERTAD DE EXPRESIÓN”


Fuente Asociación Nacional de Prensa ANP Bolivia

Bolivia fue testigo el jueves 7 de octubre de un hecho histórico. 17 diarios del país publicaron su primera  plana en blanco con un mensaje similar:  “No hay democracia sin libertad de expresión”, en señal de protesta contra los artículos 16 y 23 del proyecto de Ley contra el racismo y toda forma de discriminación, que conculcan la libertad de prensa y expresión, y que hoy podrían ser aprobados por la Asamblea Legislativa Plurinacional a pesar de las protestas y movilizaciones de organizaciones de prensa y de periodistas.

La población encontró con sorpresa en los puestos de venta de periódicos las portadas en blanco de los diferentes medios al iniciar una jornada en la que el Senado votará la aprobación del proyecto, al parecer sin ninguna modificación, tal como lo definió el partido oficialista, el Movimiento al Socialismo (MAS), con amplia mayoría en la Asamblea. 

Los informativos radiales y las revistas matutinas de televisión destacaron la página en blanco y el titular de los periódicos con un mensaje similar. Los locutores radiales destacaron en cada capital departamental el hecho, mientras los conductores televisivos mostraron ejemplares de los periódicos.
Los medios que publicaron sus portadas en blanco con el mensaje “No hay democracia sin libertad de expresión” son 16 miembros de la Asociación Nacional de la Prensa: El Diario, La Prensa, y El Alteño, de La Paz; Los Tiempos, Opinión y Gente, de Cochabamba; El Deber, El Norte, El Día, El Mundo y Estrella del Oriente, de Santa Cruz; Correo del Sur, de Sucre; La Patria, de Oruro; El Potosí, de Potosí; La Palabra, de Beni; y Nuevo Sur, de Tarija.

Además, se sumó el diario paceño de reciente creación Página Siete, que en su portada en blanco adjuntó una explicación de su protesta. “Es inaceptable que de manera forzada e incoherente se incluya un artículo, en la ley contra el racismo, destinado a clausurar medios. Ello demuestra la intencionalidad del Gobierno contraria a la libertad de expresión… Con esta medida,  Página Siete acepta seguir una acción sugerida por la ANP, entidad de la que, sin embargo, no es miembro”.

Martín Balcázar, director del periódico “La Prensa” y vocal de la ANP explicó que el titular y la página en blanco publicada este jueves 7 de octubre por los principales periódicos es una manifestación de que “estamos defendiendo el derecho constitucional a la libertad de expresión”.  Agregó que “aunque lo hemos dicho hasta el cansancio, lo repetimos: los periodistas no estamos en contra de la lucha contra el racismo y la discriminación; sólo defendemos la libertad de expresión, conculcada por los artículos 16 y 23 del proyecto de Ley”.