sábado, 22 de agosto de 2009

Reprimida marcha opositora en Caracas y poder de la bota militar montó su show.


Foto: EFE. Marcha opositora Reprimida por Fuerza Pública Venezolana

Venezuela. Eduardo Galindo Peña. La marcha opositora que estaba protestando contra la Ley Orgánica de Educación aprobada recientemente por la Asamblea Nacional venezolana fue reprimida este sábado 22 de agosto de 2009, en cuatro ocasiones en el punto de llegada de la misma en la Avenida Libertador muy cercana a la Torre de CANTV sitio permisado por el Gobierno venezolano.

Por lo que, la Fuerza Pública en su primer anillo policial fue el que actuó contra los manifestantes opositores para tratar de disolver a la manifestación con bombas lacrimógenas y perdigones en medio de una lluvia donde la capacidad represora prevaleció sobre los opositores, pertenecientes a las sociedad civil, estudiantes universitarios y partidos politicos. Sin embargo, luego de que las autoridades de seguridad pública tomaran el control de la situación en la Avenida Libertador de Caracas el Sub Comandante de la Regional Número 5 de la Guardia Nacional Coronel Benavides protagonizó con un parlante de sonido un discurso político en defensa de su Comandante en Jefe Hugo Chávez Frías.

Pero este acto de proselitismo politico fue captado por la cadena televisiva “Globovisión” donde se evidenció la bota militar para tratar mediante este discurso amedrentar a los opositores al régimen de Hugo Chávez donde se mencionó por el Coronel Benavides que esta era una agenda oculta de la oposición con el propósito de desestabilizar el gobierno Bolivariano y es por eso la lealtad de la Guardia Bolivariana y de los militares con su Comandante en Jefe Presidente Chávez y que la única forma de sacar a Chávez era por el voto.

Además el Coronel Benavides ofendió a la Periodista de la Cadena Televisiva que trasmitió en vivo ese discurso politico de este funcionario castrense venezolano al punto tal que el Coronel Benavides ofendió y agredió verbalmente a la Periodista Del Valle Canelón llamando al lugar donde ejerce labores como; “Payasos de Globovisión” sólo por seguir las incidencias de lo que este Coronel Benavides estaba diciendo por los parlantes del sonido.

A tal razón, esta bota militar montó un show politico. Cosa que en la constitución venezolana y tribunales militares es prohibido que un funcionario militar haga proselitismo politico tanto en los cuarteles como sitios públicos en ejercicio de sus funciones, ya que el único derecho politico establecido en la carta magna venezolana es el derecho al sufragio de los militares y para efectuar proselitismo politico tienen que pedir la baja para hacer tal práctica políticas. No sabemos hasta ahora, si se le aperturará un procedimiento sancionatario contra el Coronel Benavides por parte de las autoridades competentes o en dado caso será premiado por su Comandante en Jefe Hugo Chávez por realizar proselitismo politico en una marcha pública.

Articulo violado por el Coronel Benavides al pronunciar un Discurso Politico es el 328 que establece lo siguiente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

Capítulo III

De la Fuerza Armada Nacional

Artículo 328. La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica.

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